Con la entrada en vigor de la nueva Ley Movilidad para el Estado de Jalisco, decretada de manera oficial el domingo 11, se prevé la ejecución de alcoholímetros en las principales vialidades de Tlajomulco, además que a nivel metropolitano se instalará el famoso “Torito” para aquellas personas que conduzcan bajo el influjo del alcohol.
Ante la promulgación de esta ley, Ismael Del Toro Castro, Alcalde de Tlajomulco, señaló que previo a la instauración de operativos con alcoholímetro por parte de los elementos de la Policía Vial en el municipio, se tendrá que definir junto con Mauricio Gudiño, de la Secretaría de Movilidad de Jalisco, el método y los lugares donde se efectuarán estas inspecciones a conductores de vehículos particulares y de transporte público.
Por Aarón Estrada
“Primero plantearemos este forma de inspección, así como demás proyectos que trabajaremos en conjunto de acuerdo a lo que dicta la nueva Ley de Movilidad”, recalcó el Alcalde.
Es el artículo quinto de esta ley el que da cavidad al servicio de “Cuencas”, es decir, el nuevo modelo con el que remplazará el servicios de enlace comunitario, normatividad con la que actualmente operan los mototaxis, al señalar en su párrafo XVII que de las rutas, “el trayecto, origen y destino que podrá ser troncal, alimentadora, integradora a un corredor o formar parte de una cuenca de servicio”.
Por lo que la Secretaria de Movilidad del Estado, comenzarán a trabajar en la norma técnica que defina rutas, medio de transporte y obligaciones y derechos de los denominados servicios de cuencas.
Aunque en la ley promulgada el domingo pasado no contempla al mototaxi como un medio de transporte, Del Toro descartó que esto dé pie a operativos de la Policía Vial contra los mototaxistas que operan en el municipio, pues aseguró que los operadores y dueños de estas unidades, deberán participarán en la definición del nuevo modelo de cuencas.
Los derechos de los usuarios de transporte público
Una de las bondades de esta Ley Movilidad es que fortalece los derechos de los peatones sobre el resto de los demás medios de transporte público, así como los derechos que adquieren los usuarios del transporte público.
En su artículo octavo párrafo IV, enumera los 13 derechos de los usuarios, los cuales van desde recibir un servicio de transporte público de calidad, moderno, que satisfaga sus necesidades por el pago de la tarifa, además de “Viajar con seguridad e higiene en el servicio, relativas al vehículo y conductor del servicio”.
Los usuarios tiene el derecho de recibir por parte del conductor “un trato digno y respetuoso”, el que se cubra todo el recorrido de la ruta autorizada, a la seguridad de la frecuencia en los horarios autorizados, recibir boleto de pasajero, ascenso y descenso en paradas autorizadas, y principalmente, estar amparados por una póliza de seguros que deberá otorgar el prestador de servicio público.
La ley entró en vigor el domingo pasado, pero en los hechos, la percepción ciudadana es nula respecto de los cambios en la movilidad del Estado en los primeros cinco días de esta nueva ley.
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