viernes, 4 de octubre de 2013

Regidor y ex Alcalde protagonizan diversas violaciones a normas municipales

Uso de logos oficiales de gobierno, empleo de seguridad pública, el cierre arbitrario de una vialidad y la demolición de una finca sin permiso, fueron las acciones que se conjuntaron el pasado lunes 30 de septiembre por la mañana, en pleno centro de la Cabecera Municipal y que terminaron por afectar a decenas de habitantes.

Quienes circulaban por la calle Porfirio Díaz, la cual funge como principal acceso al Centro Administrativo Tlajomulco (CAT) cerca de las 10 de la mañana, tuvieron que desviar su camino, pues un elemento de seguridad pública en los cruces de la ya citada vialidad y la calle Independencia daba cuenta a los automovilistas que el paso se encontraba restringido.
Por Víctor Hugo Ornelas


El motivo, unos metros más adelante, en una finca que pertenece al ex Presidente Municipal Ernesto Díaz Márquez, una retro excavadora y un camión de carga de tres toneladas eran empleados en lo que parecía ser la demolición de una construcción.

El camión en color rojo contaba con un rótulo con la imagen, tipografía y colores oficiales del Ayuntamiento de Tlajomulco, así como con el número económico “T-6”, número que cabe señalar no se encuentra registrado en el padrón de vehículos oficiales del Gobierno Municipal.

El cierre de la vialidad se prolongó por el tiempo que la retroexcavadora tardó en llenar de escombró a la unidad de carga, esto generó la molestia de automovilistas y vecinos que culparon al Gobierno Municipal por las acciones, sin embargo, al consultar a la Dirección de Obras Públicas sobre la obra que se realizaba en propiedad privada y el supuesto uso de vehículos oficiales, la dependencia descartó que se tratara de maquinaria municipal y además agregaron que la obra de demolición no contaba con permiso alguno.

El chofer del camión de carga en color rojo, señaló que las calcomanías no las había colocado él, sin embargo mencionó que resultaban de suma utilidad para evitar a los agentes viales, “Te ven con la calcomanía y ni se paran”.

La obra fue clausurada cerca de la una de la tarde cuando ya se había realizado la mayor parte de la demolición, no así el acarreo de escombro, el cual inspectores de Obras Públicas impidieron que se llevara a cabo y colocaron sellos de clausura.

Sin embargo, por la noche del mismo lunes, trabajadores retiraron la característica cinta amarilla que marca el cierre parcial de la obra y llevaron a cabo labores según lo mencionaron vecinos de la Cabecera Municipal, situación que se hizo evidente por la mañana cuando las condiciones en que había quedado la obra eran notoriamente distintas al momento en que fue clausurada, por lo que inspectores visitaron de nueva cuenta el domicilio y dejaron un acta por la “violación de sellos de clausura”.

Sin embargo ahí no concluyo el asunto, pues la misma noche del martes, hubo reincidencia en la violación de sellos y estos fueron retirados, al igual que el acta que los inspectores dejaron en la finca.

En este cierre de calle con maquinaria disfrazada de vehículos oficiales y sin licencia alguna, no sólo se vio involucrado el ex Alcalde priista Ernesto Díaz como dueño de la finca, sino también el actual Regidor del PRD Quirino Velázquez Buenrostro, pues según los rótulos y propios trabajadores, la maquinaria pertenece a una de sus empresas.

PARA SABER
Código Penal
CAPÍTULO III
Quebrantamiento de Sellos
Artículo 132. Se impondrán de tres meses a tres años de prisión y multa de cuarenta a trescientos días de salario mínimo al que quebrante indebidamente los sellos puestos por orden de la autoridad competente.
La misma pena se impondrá al que:
Viole el acordonamiento y resguardo del lugar de los hechos materia del delito o la cadena de custodia;
Manipule, borre, oculte, sustraiga, altere, sustituya, dañe, contamine o realice cualquier acción relacionada con los indicios, huellas o vestigios encontrados en el lugar de los hecho materia del delito; y
Manipule, borre, oculte, sustraiga, altere, sustituya, dañe, contamine o realice acción relacionada con los instrumentos, objetos o productos del delito.
Se excluye de responsabilidad a quien con motivo de prestar servicios periciales, auxilio médico o de rescate a las personas o bienes tutelados por el derecho, modifique éstos con motivo de sus funciones legalmente establecidas.

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