viernes, 5 de abril de 2013

Predio del ayuntamiento convertido en centro de apuestas


Un espacio público propiedad del Municipio denominado Agua Ancha, mejor conocido como La Guancha, es usado para corridas de caballos con cruce de apuestas clandestinas a plena luz del día bajo el resguardo de la policía municipal, a menos de un kilómetro del Centro Administrativo de Tlajomulco, sin inspectores de reglamentos que intervengan.

El carril se localiza en el predio propiedad del Municipio de Tlajomulco de Zúñiga, terreno que alberga a la Unidad de Acopio y de Salud Animal Municipal –la perrera- y un campo de futbol abierto a todo público, pero el espacio correspondiente al carril, en la administración 2007-2009, fue entregado en comodato por el pleno del Ayuntamiento a la Asociación de Charros Santo Santiago, con la finalidad de hacer corridas de caballos para el esparcimiento de los agremiados a esta asociación y sin fines de lucro, según se manifestó en el acta de la firma de dicho comodato.

Por Aarón Estrada


Ayuntamiento apoyó para su construcción

A la par de que el Ayuntamiento entregó el predio en comodato, la administración 2010-2012 entregó un apoyo con tubería y otras herramientas para el mejoramiento del carril, además de que emparejó parte del acceso principal, entre otros apoyos en especie a la misma Asociación.

Sin embargo, en la actualidad estos recursos otorgados por el Municipio, así como las actividades que se realizan dentro de este predio, es evidente que se realizan con fines lucrativos.

Cómo en hipódromo

Desde el ingreso, a toda persona se les cobra 50 pesos, incluso a menores de edad, la mayoría de veces sin registro de un boleto y cuando esporádicamente se otorga este, no lleva la fecha del día de las carreras y mucho menos un sello de la inspección de reglamentos que dé cuenta que este espectáculo cuenta con los permisos correspondientes para llevarse a cabo.

En el interior se vende cerveza y licores, ya sean preparados o por botella, los cuales pueden se pueden adquirir a precio de bar, incluso por menores de edad que se encuentran dentro de este lugar. Además se vende comida, en los mismos toldos donde se ofrecen las bebidas alcohólicas, puestos que no cuenta con permisos correspondientes.

Pero eso es lo de menos, en los 400 metros de carril, están las apuestas, el principal atractivo del lugar, decenas de personas de todas las edades acuden con fajas de billete en mano a amarrar alguna apuestas con los corredores, quienes con libreta en mano, arreglan los amarres entre apostadores previo a la salida de los equinos, además de otros tipos de rifas.

Infringen la ley federal

De acuerdo a la  Dirección de Juegos y Sorteos (federal), dependiente de la Secretaría de Gobernación, sólo se tienen 33 permisionario acreditados en todo el territorio nacional, quienes tienen la facultad de autorizar carreras de caballos con cruce de apuestas, en su mayoría son personas morales y ninguna corresponde a una Asociación de Charros, por lo que las del Carril del Agua Ancha, se realizan de manera ilegal.

Para que se conceda permiso federal para este espectáculo, la misma dependencia señala como uno de los requisitos que se cuente con un reglamento de operación, programa del evento que se quiere realizar que incluye fechas, nombre de los caballos participantes, distancias a correr, documentos que acrediten la posesión del inmueble y en caso de estar en comodato el terreno, no podrá ser propiedad pública.

Además se exige la documentación que acredite que el solicitante cuenta con el aval de la autoridad local, en este caso el Ayuntamiento, para lo cual es necesaria la firma del Presidente Municipal y especificar los lineamientos de los cruces de apuestas, así como el control de estas, es decir, se debe especificar los corredores, talones de apuestas en verde y rojo, número de folios, entre otras cosas.

La Ley Federal de Juegos y Sorteos, señala en su artículo 12, que se impondrá prisión de tres meses a tres años y multa de quinientos a diez mil pesos, “A los dueños, organizadores, gerentes o administradores de casa o local, abierto o cerrado, en el que se efectúen juegos prohibidos o con apuestas, sin autorización de la Secretaría de Gobernación, así como a los que participen en la empresa en cualquier forma”.

En ese mismo artículo párrafo cuatro, señala esa misma sanción a “los funcionarios empleados públicos que autoricen juegos prohibidos, los protejan, o asistan a locales en donde se celebren, siempre que en este último caso no lo hagan en cumplimento de sus obligaciones” y describe como delito, a pagar en presión de un mes a cinco años o con multas de cien a cinco mil pesos, “A los que alquilen a sabiendas un local para juegos prohibidos, o con apuestas, o para efectuar sorteos sin permiso de la Secretaría de Gobernación y a los jugadores y espectadores que asistan a un local en donde se juegue en forma ilícita”.

No reportan los ingresos

Las actividades que se llevan a cabo en este carril, tanto los recursos que se recaudan por el cobro del ingreso, no son reportadas a todos los miembros de la Asociación de Charros Santo Santiago, según señalaron a este reportero algunos de los agremiados a esta asociación que por miedo a represalias solicitaron omitir su nombre.

“No nos entregan cuentas, ni de la entrada ni de la cerveza, ya es uno sólo, el cual que ni es  miembro de la asociación, el que quiere cobrar por los puestos de comida, incluso de quienes ingresan a vender los sombreros y frituras”, coinciden el grupo de asociados.

El convenio de comodato no ha sido entregado para su conocimiento a los 35 miembros que integran la Asociación, “Nosotros firmamos, pero no lo conocemos, sólo sabemos algunos términos por la cual se nos otorgó el predio, puesto que tenemos años sin que se cambie a la mesa directiva de la Asociación, siguen siendo los mismos”, manifestaron.

Este mismo grupo de miembros inconformes, aseguraron que a ellos se les exige el pago de cincuenta pesos para el ingreso, sin que se informe en qué se invierte el dinero, lo único que ellos saben, es que el predio se les otorgó en comodato con el fin de que los recursos que se obtuvieran en las actividades de este carril, fueran invertidos en la construcción de un Lienzo Charro, a cuatro años no “vemos ni la primera piedra”, afirmaron.

Lo que dice la ley

Artículo 12

Se impondrá prisión de tres meses a tres años y multa de quinientos a diez mil pesos, y destitución de empleo en su caso:

I. A los empresarios, gerentes, administradores, encargados y agentes de loterías o sorteos que no cuenten con autorización legal (…);

II. A los dueños, organizadores, gerentes o administradores de casa o local, abierto o cerrado, en que se efectúen juegos prohibidos o con apuestas, sin autorización de la Secretaría de Gobernación, así como a los que participen en la empresa en cualquier forma;

IV. A los funcionarios o empleados públicos que autoricen juegos prohibidos, los protejan, o asistan a locales en donde se celebren, siempre que en este último caso no lo hagan en cumplimento de sus obligaciones.

Artículo 13

Se aplicará prisión de un mes a dos años y multa de cien a cinco mil pesos:

I. A los que alquilen a sabiendas un local para juegos prohibidos, o con apuestas, o para efectuar sorteos sin permiso de la Secretaría de Gobernación;

II. A los jugadores y espectadores que asistan a un local en donde se juegue en forma ilícita.

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